Los saldos a favor son excedentes en las declaraciones de renta o IVA a favor de los contribuyentes o responsables, los cuales pueden ser recuperados a través de la solicitud de
devolución o compensación.
"Para el caso de la declaración de renta, el saldo a favor puede originarse por retenciones en la fuente o autorretenciones que se hayan liquidado y pagado ante la Dian, anticipos de años anteriores o beneficios tributarios, los cuales resultan, en algunos casos, mayores al impuesto a cargo, generándose un excedente a favor del contribuyente".
Respecto a la declaración del IVA, los saldos a favor son generados por la proporcionalidad
del IVA descontable en relación con el impuesto generado en las ventas del responsable.
¿Qué es devolución?
La devolución es la manera como la Dian reintegra al contribuyente los saldos a favor, pagos en exceso o pagos de lo no debido.
¿Qué es compensación?
La compensación es la acción por medio de la cual el contribuyente, responsable o usuario aduanero cancela sus obligaciones actuales por concepto de impuestos, anticipos, retenciones, intereses y sanciones a través de la utilización de un saldo a favor.
Término que tiene la DIAN para devolver los saldos a favor
• 15 días: para responsables que apliquen para la devolución automática. • 20 días: cuando se presente garantía a favor de la Nación. • 30 días: cuando se trate de responsables del IVA de los artículos 468-1, 468-3, 477 y 481 del ET, con calidad de operador económico autorizado. • 50 días: para los demás casos.
Comentários