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INFORMACIÓN IMPORTANTE PARA TENER EN CUENTA ESTE NUEVO AÑO 2024

Foto del escritor: Lucia MartínezLucia Martínez

Impuestos importantes para el 2024 en Colombia. Contrib Asesores

Este nuevo año trae consigo actualizaciones en los temas tributarios, contables y financieros, en varios aspectos importantes que debemos tener en cuenta, para evitar sanciones por incumplimiento de los mismos.



Según el calendario tributario establecido en el decreto 2229 de diciembre 22 de 2023, por el año gravable 2024 los agentes de retención tendrán plazo para expedir certificados de retención del año gravable 2023 hasta el último día hábil de marzo, por lo tanto, el plazo máximo para expedirlos será el 27 de marzo de 2024.



Desde el 1 de julio de 2017 se aplica el impuesto nacional al consumo INC. Cuando los establecimientos de comercio realicen la entrega de bolsas plásticas cuya finalidad sea la de cargar o llevar productos vendidos, éstos están en la obligación de cobrar el impuesto, que para el caso del 2024 tendrá el incremento equivalente a la variación de precios al consumidor certificado por el DANE a noviembre 30.

El sujeto pasivo del impuesto es la persona que opte por recibir bolsas plásticas cuya finalidad sea cargar o llevar los productos adquiridos en establecimientos (incluyendo domicilios).


Los responsables del cobro de este impuesto son las personas naturales o jurídicas que pertenezcan al régimen común de IVA.

La Dian certificó mediante la circular 000006 de 2023 el incremento para el impuesto a las bolsas que regirá durante el año 2024 el cual será de $66.


Los artículos 4 a 6 de la Ley 2232 de julio 7 de 2022 establecen que a partir de julio de 2024 quedaría prohibida la comercialización y distribución de las bolsas plásticas utilizadas para transportar mercancías. Por tanto, si no se dispone lo contrario en una nueva norma, el INC de bolsas plásticas también desaparecería en julio de 2024.



El GMF es un impuesto que se aplica a las transacciones realizadas por los usuarios del sector financiero. En el artículo 879 del ET se establecen las transacciones exentas de este gravamen, las cuales tendrán un tope mensual para el 2024 de 350 UVT, quedando el monto máximo de transacciones exentas del GMF en $16.473.000 al mes.


Actualmente este beneficio aplica solamente a una única cuenta de ahorros o de depósito electrónico o tarjeta prepago por titular, siempre y cuando pertenezca a un único titular, con la ley 2277 mediante el parágrafo transitorio del art 65 se modificó el art 881-1 del ET las entidades financieras tendrán plazo hasta el 13 de diciembre de 2024 para ajustar los sistemas informáticos para intercambio de información con las demás entidades financieras y que el beneficio aplique para todas las cuentas bancarias de una misma persona natural o jurídica, independientemente de la entidad a la cual se encuentren adscritas, con lo cual no estaría la obligatoriedad de tener marcada una única cuenta en una única entidad financiera para tener dicha exención.




Las licencias de maternidad y paternidad no tienen cambios para el 2024. Sin embargo según sea aprobado en la reforma laboral se podrían presentar un incremento en la licencia de paternidad.


El artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo contempla la licencia de maternidad como una protección especial consistente en un descanso remunerado durante un tiempo anterior y posterior al parto.


Toda trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de dieciocho (18) semanas en la época del parto. Esta debe ser remunerada con el salario que devengue la trabajadora al momento de iniciar su licencia.


Licencia de maternidad pre parto será de 1 semana, según criterio medico podrá tomar hasta 2 semanas antes del parto y pos parto podrá tomar 16 o 17 semanas según la decisión médica pre parto.

La licencia de maternidad para madres de niños prematuros, madres con parto múltiple o con hijos en situación de discapacidad, debe ser concedida con base en el numeral 5 del artículo 236 del CST según sea de niños prematuros, parto múltiple o hijos nacidos con discapacidad.


Licencia de paternidad

En el parágrafo 2 del artículo 236 del CST se establece que el padre tendrá derecho a dos (2) semanas de licencia de paternidad remunerada. Esta licencia opera por los hijos nacidos del cónyuge o compañera permanente, así como para el padre adoptante.


Descansos remunerados por lactancia

El período de lactancia es una obligación para el empleador de conceder descansos remunerados durante la jornada laboral a la trabajadora para amamantar a su hijo o hija, una vez la madre se reincorpore a sus labores después de disfrutar la licencia de maternidad (artículo 238 del CST).

Estos permisos por lactancia deben otorgarse a partir del primer día en que la trabajadora se reincorpore al trabajo, de la siguiente manera:

  1. Hasta los 6 meses de edad del niño o niña: 2 descansos de 30 minutos cada uno durante la jornada laboral.

  2. Hasta los 2 años: siempre y cuando se mantenga una lactancia continua y adecuada, 1 descanso de 30 minutos durante la jornada laboral

Licencia parental compartida

La licencia parental compartida permite que los padres de un recién nacido puedan distribuir entre sí, de manera libre, las últimas 6 semanas de la licencia de la madre, siempre y cuando se cumplan las condiciones y requisitos establecidos en la ley.

Periodo total de la licencia de maternidad: 18 semanas

Periodo mínimo que debe tomar la madre: 12 semanas

Periodo máximo transferible al padre: 6 semanas




Con la entrada en vigor de la Ley 2294 de 2023 que contiene el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 se redujo el aporte a salud para los pensionados en Colombia. Esta medida significa un importante beneficio en favor del ahorro de los pensionados.


Todos los pensionados en Colombia están obligados a realizar aportes a salud sobre la base del ingreso de la mesada pensional correspondiente. Esta cotización al régimen contributivo les permite seguir gozando de la prestación de los servicios de salud, tanto para ellos como para sus familias, y dichos aportes son descontados de la mesada pensional.



Mesada pensional en smmlv

Porcentaje de cotización mensual

1 smmlv

4 %

Mayor a 1 y hasta 2 smmlv

10 %

Mayor a 2 y hasta 3 smmlv

10 %

Mayor a 3 y hasta 5 smmlv

12 %

Mayor a 5 y hasta 8 smmlv

12 %

Mayor a 8 smmlv

12 %



Según el artículo 368-2 del ET las personas naturales que posean la calidad de comerciantes serán agentes de retención por concepto de honorarios, comisiones, arrendamientos, rendimientos financieros y compras cuando su patrimonio o ingresos brutos poseídos en el año superen las 30.000 UVT.


Por lo anterior y teniendo en cuenta que la UVT que se fijó para el año 2023 era de $42.412, el monto de ingresos o patrimonio poseídos en 2023 que se tomaran como base para las personas naturales agentes de retención durante el año 2024 es de $1.272.360.

Sanción Penal por misión de agente retenedor (artículo 402 ley 599)


•“El agente retenedor o autorretendor que no con signe las sumas retenidas o autorretenidas prr concepto de retención en la fuente dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha fijada por el Gobierno nacional para la presentación y pago de la respectiva declaración de retención en la fuente o quien en cargado de recaudar tasas o contribuciones públicas no las consigne dentro del término legal, incurrirá en prisión de cuarenta (48) a ciento ocho (108) meses y multa equivalente al doble de lo no consignado sin que  supere el equivalente a 1.020.000 UVT.”


• “El agente retenedor o el responsable del impuesto sobre las ventas o el impuesto nacional al consumo que omita la obligación de cobrar y recaudar estos impuestos, estando obligado a ello, incurrirá en la misma responsabilidad penal prevista en este artículo.”


Mediante la Resolución 000187 de noviembre 28 de 2023, la Dian fijó el valor de la unidad de valor tributario – UVT – aplicable para el año gravable 2024 en $47.065.



El artículo 639 del Estatuto Tributario –ET– estipula que el valor mínimo de cualquier sanción tributaria es el equivalente a la suma de 10 UVT.

Con la Resolución 000187 de noviembre 28 de 2023 la Dian fijó el valor de la UVT para el año gravable 2024 en $47.065

Por lo anterior, el valor de la sanción mínima a pagar en 2024 por las causales que le aplique será de $471.000 

  • Sanción por no inscribirse en el RUT antes del inicio de la actividad:  cuando el contribuyente se encuentre obligado a realizar dicho proceso y no lo haga, se impondrá la clausura del establecimiento, sede, local, negocio u oficina por el término de un (1) día por cada mes o fracción de mes de retraso en la inscripción, o una multa equivalente a 1 UVT ($47.065 por el año 2024) por cada día de retraso en la inscripción para quienes no tengan establecimiento. 

  • Sanción por no actualizar el RUT: cuando ocurra un hecho que implique actualización de la información del RUT y esta no sea reportada dentro del mes siguiente a su ocurrencia, se impondrá una multa equivalente a 1 UVT ($47.065 por el año 2024) por cada día de retraso en la actualización.

Cuando la desactualización del RUT se refiera a la dirección o a la actividad económica del obligado, la sanción se incrementará a 2 UVT ($94.130 por el año 2024) por cada día de retardo.




La tarifa general del impuesto de renta para personas jurídicas en el año gravable 2024 será del 35 %, de acuerdo con lo establecido en el inciso primero del artículo 240 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 10 de la Ley 2277 de 2022.




El equipo de Contrib Asesores, esperamos que este articulo les sea de gran ayuda, en el momento de entender y aclarar las posibles dudas que tengas en cuanto al ámbito tributario, contable y financiero que se han actualizado para este nuevo año 2024


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