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LICENCIAS DE MATERNIDAD Y PATERNIDAD EN EL 2024



Las licencias de maternidad y paternidad no tienen cambios para el 2024. Si embargo según sea aprobado en la reforma laboral se podrían presentar un incremento en la licencia de paternidad.


El artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo contempla la licencia de maternidad como una protección especial consistente en un descanso remunerado durante un tiempo anterior y posterior al parto.


Toda trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de dieciocho (18) semanas en la época del parto. Esta debe ser remunerada con el salario que devengue la trabajadora al momento de iniciar su licencia.

Licencia de maternidad preparto será de 1 semana, según criterio medico podrá tomar hasta 2 semanas antes del parto y post parto podrá tomar 16 o 17 semanas según la decisión médica preparto.


La licencia de maternidad para madres de niños prematuros, madres con parto múltiple o con hijos en situación de discapacidad, debe ser concedida con base en el numeral 5 del artículo 236 del CST según sea de niños prematuros, parto múltiple o hijos nacidos con discapacidad.

Licencia de paternidad


En el parágrafo 2 del artículo 236 del CST se establece que el padre tendrá derecho a dos (2) semanas de licencia de paternidad remunerada. Esta licencia opera por los hijos nacidos del cónyuge o compañera permanente, así como para el padre adoptante..


Descansos remunerados por lactancia


El período de lactancia es una obligación para el empleador de conceder descansos remunerados durante la jornada laboral a la trabajadora para amamantar a su hijo o hija, una vez la madre se reincorpore a sus labores después de disfrutar la licencia de maternidad (artículo 238 del CST).


Estos permisos por lactancia deben otorgarse a partir del primer día en que la trabajadora se reincorpore al trabajo, de la siguiente manera:


  1. Hasta los 6 meses de edad del niño o niña: 2 descansos de 30 minutos cada uno durante la jornada laboral.

  2. Hasta los 2 años: siempre y cuando se mantenga una lactancia continua y adecuada, 1 descanso de 30 minutos durante la jornada laboral


Licencia parental compartida


La licencia parental compartida permite que los padres de un recién nacido puedan distribuir entre sí, de manera libre, las últimas 6 semanas de la licencia de la madre, siempre y cuando se cumplan las condiciones y requisitos establecidos en la ley.


  • Periodo total de la licencia de maternidad: 18 semanas

  • Periodo mínimo que debe tomar la madre: 12 semanas

  • Periodo máximo transferible al padre: 6 semanas


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